Se presume que el poseedor actual que demuestra su posesión en época anterior, ha poseído durante el tiempo intermedio, mientras no se demuestre lo contrario.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Capítulo 570 - Conservación y Pérdida de la Posesión
§ 7891. Conservación de la posesión de cosa mueble
§ 7892. Posesión de los animales silvestres
§ 7893. Actos del mero tenedor no perjudican al dueño
§ 7894. Presunción de posesión en el tiempo intermedio
§ 7895. Maneras de perder la posesión
§ 7896. Pérdida y transmisión de la posesión en perjuicio de tercero