La OGPe, para la utilización de la Oficina, adquirirá los equipos, tecnología, y la infraestructura necesaria para mantener y operar el SCPE. La Oficina, bajo autorización y coordinación con la OGPe, podrá subcontratar, a fin de lograr la consecución de los objetivos de este capítulo, todo lo relacionado al manejo y establecimiento del referido sistema.