2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Servidumbres de Abrevadero y de Saca de Agua
§ 764. Disposiciones aplicables; anchura de la vía al abrevadero

Son aplicables a las concesiones de esta clase de servidumbres las prescripciones que se dejan establecidas para el otorgamiento de las de acueducto; al decretarlas, se fijará según su objeto y las circunstancias de la localidad, la anchura de la vía o senda que haya de conducir al abrevadero o punto destinado para sacar agua.