Los municipios estarán exentos del pago de todo derecho o arancel que se requiera para tramitar procedimientos judiciales. Igualmente estarán exentos del pago y cancelación de los sellos y otros exigidos por ley en los documentos notariales o para la inscripción de escrituras y otros documentos, así como por la obtención de certificaciones de registro de la propiedad. También tendrán derecho a la expedición gratuita de cualquier certificación, plano, fotografía, informe y documento en cualquier agencia pública del Gobierno Estatal, así como también el acceso al Registro inmobiliario digital de Puerto Rico, a través de la aplicación registral, “Karibe”, del Registro de la Propiedad de Puerto Rico.