(a) La cantidad de dos millones de dólares ($2,000,000) provenientes de fondos propios de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, que existe actualmente en el Programa de Acceso Aéreo.
(b) Las asignaciones de dinero dispuestas por este capítulo y las que en el futuro destine la Asamblea Legislativa al fondo especial aquí creado.
(c) Cualesquiera otros dineros que se donasen, traspasaran o cedieran por organismos de los gobiernos federales, estatales, municipales, o entidades o personas privadas, incluyendo el Fondo Presupuestario creado en virtud de las secs. 101 et seq. del este título.