(a) Recibir atención médica, psiquiátrica y psicológica en su fase preventiva, clínica, recuperación y de rehabilitación para la protección de su salud y su bienestar general;
(b) desempeñar una profesión, ocupación u oficio, conforme a sus conocimientos y capacidad, considerando su trastorno mental y nivel de funcionamiento;
(c) dentro de la disponibilidad de empleos existentes, poder solicitar y obtener empleo, libre de discrimen por razón de trastorno mental, participar en talleres y recibir la orientación y la ayuda técnica o profesional que le permita desarrollar su potencial;
(d) tener acceso a los beneficios y servicios públicos en las áreas de vivienda, bienestar social, salud, alimentación, transportación, educación y empleo;
(e) actuar de manera individual o colectiva en la búsqueda de soluciones a sus agravios y problemas;
(f) ser escuchado, atendido y consultado en todos los asuntos que afecten su condición y progreso;
(g) recibir servicios ambulatorios médico-hospitalarios, sin sufrir discrimen por razón de su condición mental.
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