Todo menor de dieciocho (18) años, que ha incurrido en alguna falta al amparo de las secs. 2201 et seq. del Título 34, conocidas como “Ley de Menores de Puerto Rico”, será elegible para participar en el programa piloto establecido en este capítulo, excepto aquellos menores que estén siendo procesados como adultos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico