2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Procedimiento de Incapacitación
§ 5634. Procedimiento ordinario y expedito

La declaración de incapacitación se hace en juicio ordinario, luego de cumplir con las exigencias del debido proceso de ley. Una vez iniciado el proceso, se le da prioridad en el calendario del tribunal para su atención expedita.