2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 339 - Delitos Contra el Orden Público y el Respeto a la Autoridad Público
§ 5336. Resistencia u obstrucción a la autoridad pública

(a) Impedir a cualquier funcionario o empleado público en el cumplimiento o al tratar de cumplir alguna de las obligaciones de su cargo.
(b) Impedir u obstruir a cualquier persona, funcionario o empleado público en el cobro autorizado por ley, de rentas, contribuciones, arbitrios, impuestos, patentes, licencias u otras cantidades de dinero en que esté interesado el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(c) La negativa a impedir la comisión de un delito que afecte la vida o integridad corporal de las demás personas, después de serle requerido por una persona con autoridad para ello y sin riesgo propio o ajeno.
(d) La negativa a ayudar al arresto de otra persona, después de serle requerido por una persona con autoridad para ello y sin riesgo propio o ajeno.
(e) Resistir al arresto o huir violentamente luego de ser informado por un funcionario del orden público o persona particular en los casos permitidos por ley, de su autoridad legal para practicarlo.
(f) La negativa sin excusa legítima a comparecer o acatar una citación expedida por un fiscal o procurador de menores, cualquiera de las Cámaras de la Asamblea Legislativa, cualquier Legislatura Municipal o cualquier comisión de éstas en el curso de una investigación.
(g) La resistencia ilegal y contumaz a prestar juramento o llenar los requisitos como testigo en una causa o investigación pendiente o la negativa sin excusa legítima a contestar cualquier interrogatorio legal después de haber jurado o llenado dichos requisitos ante cualquiera de las Cámaras de la Asamblea Legislativa, de las Legislaturas Municipales o comisión de éstas.
(h) La negativa a prestar o suscribir cualquier juramento, declaración o afirmación requerida por la legislación fiscal del Estado Libre Asociado o por persona, empleado o funcionario competente.
(i) La negativa a contestar cualquier interrogatorio a suplir, dar o devolver alguna planilla, certificación, lista o formulario fiscal con información incompleta, falsa o fraudulenta, luego de ser debidamente requerida por la autoridad fiscal competente.