(a) Liquidación total de licencias acumuladas de enfermedad y vacaciones anuales.
(b) Plan médico por seis (6) meses, a partir de la efectividad de su retiro o el equivalente en dinero; Disponiéndose, que dicho pago no excederá la aportación patronal para el plan médico acordada en el Convenio Colectivo de la Compañía de Parques Nacionales.
(c) Bonificación especial de dos mil dólares ($2,000).
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