(a) Aguas territoriales.— Significa las aguas navegables bajo el control o dominio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(b) Reserva Marina.— Significa el área total de la Ley de la Reserva Marina La Cueva del Indio, según delimitada y declarada en este capítulo, la cual define aquellas áreas protegidas del impacto de actividades humanas las cuales permiten la recuperación del área, el mantenimiento de la biodiversidad, reducen conflictos de uso al separar actividades compatibles y son áreas de referencia para estudiar los procesos naturales.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico