(a) Asamblea Legislativa.— Significa la Cámara de Representantes y el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ya actuando conjuntamente o por separado.
(b) Secretario.— Significa el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
(c) Departamento.— El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
(d) Reserva Marina.— Significa el área total de la Reserva Marina Tres Palmas de Rincón, según delimitada y declarada en este capítulo, el cual define aquellas áreas protegidas del impacto de actividades humanas las cuales permiten la recuperación del área [y] el mantenimiento de la biodiversidad [y las cuales] reducen conflictos de uso al separar actividades compatibles y son áreas de referencia para estudiar los procesos naturales.
(e) Aguas territoriales.— Significa las aguas navegables bajo el control o dominio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.