(a) Si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito es distinta de la que exista al procesar al imputado o al imponerle la sentencia, se aplicará siempre la ley más benigna.
(b) Si durante el término en que la persona está cumpliendo la sentencia entra en vigor una ley más benigna en cuanto a la pena o al modo de ejecutarla, se aplicará retroactivamente.
(c) Si durante el término en que la persona está cumpliendo la sentencia entra en vigor una ley que suprime el delito, o el Tribunal Supremo emite una decisión que despenalice el hecho, la pena quedará extinguida y la persona liberada, de estar recluida o en restricción de libertad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 6 - Código Penal de 2012—Parte General
Parte I - Disposiciones Basicas de la Ley Penal
Capítulo 321 - Principios para la Aplicación de la Ley Penal
Subcapítulo I - Denominación y Principios de Aplicación
§ 5003. Ámbito de aplicación de la ley penal
§ 5004. Principio de favorabilidad
§ 5005. Principio de vigencia temporera
§ 5007. Relación de causalidad
§ 5009. Concurso de disposiciones penales
§ 5010. Principio de judicialidad
§ 5011. Principios que rigen la aplicación de la sanción penal