Se autoriza al Secretario de Hacienda a negociar y contratar con bancos el cobro de toda clase de contribuciones y la venta de toda clase de sellos de rentas internas, comprobantes de pago y cualesquiera otros valores similares bajo aquellos términos y condiciones que estime convenientes y necesarios según prescriba mediante reglamento. Disponiéndose, que el Secretario de Hacienda tendrá facultad para otorgar contratos mediante los cuales la comisión por la prestación de los servicios bancarios sea descontada por la institución bancaria del monto que cobre y que venta obligada a remitirle a éste.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 3 - Contribuciones sobre la Propiedad
Capítulo 53 - Catastro, Clasificación y Tasación de la Propiedad
§ 473. Reglamentos, órdenes e instrucciones
§ 475. Distritos de recaudación; colectores; fianzas
§ 475a. Negociar y contratar con bancos cobros de contribuciones