2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Reconocimiento Oficial
§ 4412. Objeciones legales

La Administración de Fomento Cooperativo podrá negarse a someter las cláusulas para su registro cuando el grupo interesado en organizar la cooperativa no cumple con los requisitos que dispone la ley, siempre que, dentro del término establecido notifique a las personas interesadas de las deficiencias encontradas y exponga las razones de su negativa.