El Departamento de Asuntos del Consumidor será el encargado de velar por el fiel cumplimiento de este capítulo, y a esos efectos creará, en un término de noventa (90) días luego de aprobada esta ley, reglamentación para dichos propósitos. Esta reglamentación incluirá las penalidades que habrán de imponerse al emisor o comercio que no cumpla con las disposiciones contenidas en este capítulo. El Departamento orientará a la ciudadanía y los comercios sobre las disposiciones de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico