En aquellos casos en que la violación o irregularidad en los sistemas de seguridad de los bancos de datos ocurra en una agencia de gobierno o corporación pública, esta será notificada a la Oficina del Procurador del Ciudadano, quien asumirá jurisdicción. Para este propósito, el Procurador del Ciudadano designará un Procurador Especializado que atenderá este tipo de caso.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Reglamentación de los Negocios
Capítulo 310 - Ley de Información al Ciudadano sobre la Seguridad de Bancos de Información
§ 4053. Notificación—Naturaleza y método
§ 4054. No perjuicio con políticas institucionales de información
§ 4054a. Notificación sobre violación o irregularidad en los sistemas de seguridad