2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VII - Acciones Derivativas
§ 4004. Demandante

(1) Al momento de ocurrir la transacción de la cual surge la reclamación del demandante, o
(2) el carácter de miembro o cesionario de un interés en una CRL del demandante ha surgido por operación de ley o conforme a los términos de un CCRL de una persona que era un miembro o un cesionario de un interés en una CRL al momento de la transacción.