2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 176 - Ley del Derecho a la Detección Efectiva del Cáncer de Seno
§ 3998c. Reglamentación aplicable a la práctica de la medicina radiológica

(a) Atemperarla a las disposiciones de la Ley Pública 102-539, según enmendada, conocida como “Ley Federal de Normas de Control de Calidad en Mamografía de 1992” (“Mammography Quality Standards Act of 1992”, Public Law 102-539);
(b) requerir a las facilidades radiológicas preservar las mamografías y reportes en el expediente médico de la paciente por un periodo no menor de cinco (5) años. En el caso de no realizarse mamografías adicionales de la paciente en la facilidad, se preservarán por un término no menor de diez (10) años; y
(c) para requerir que los informes de mamografías contengan los siguientes elementos:
(1) Resúmenes que contengan datos sobre la densidad del seno de la paciente especificando la clasificación del tejido, según determinada por un Radiólogo, basada en la escala de densidad del seno del Reporte de Proyección de Imagen y Sistema de Datos del Seno (“Breast Imaging Reporting and Data System”, BI-RADS, por sus siglas en inglés), promulgada por el Colegio Americano de Radiología (“American College of Radiology”);
(2) información para educar a la paciente sobre la densidad del seno que incluya:
(A) Definiciones de las categorías de la escala BI-RADS;
(B) las implicaciones de su clasificación de tejido para su salud y los recursos y alternativas de cuidado de salud disponibles;
(C) los beneficios que podría representarle la realización de pruebas suplementarias;
(D) la dosis de radiación recibida al tejido durante el estudio;
(E) la justificación para recomendar pruebas adicionales o suplementarias, incluyendo el beneficio para la paciente de realizar dichas pruebas; y
(F) cualquier otra información requerida por las leyes o regulaciones estatales o federales, o que, sea pertinente a la consecución de los fines de esta Ley, a estimación del Secretario de Salud.
(3) En los casos en los que se determine que la paciente tiene senos de tejido clasificado como heterogéneamente denso o extremadamente denso, el informe incluirá la siguiente notificación:
(4) El Secretario de Salud podrá enmendar, mediante reglamento, la notificación contenida en la cláusula (3) de este inciso, con el propósito de adelantar los fines de este capítulo.