2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 164 - Ley de Orientación sobre los Servicios Multidisciplinarios de Intervención Temprana en Puerto Rico
§ 3922. Propósito

El propósito de este capítulo es asegurar que los padres, madres, custodios o tutores de infantes entre las edades de 0 a 3 años estén debidamente informados sobre el Programa o el servicio gubernamental que les permita prevenir condiciones que afecten el desarrollo de los infantes, y a su vez, se les pueda diagnosticar a tiempo condiciones existentes a fin de proveerles el tratamiento adecuado. De esta manera se les apercibe de la importancia y la conveniencia de intervenir y detectar a edades tempranas posibles deficiencias en el desarrollo y crecimiento de estos menores.