El permiso de traslado y enterramiento o cremación del cadáver de toda persona fallecida fuera de Puerto Rico, constituirá prueba de la defunción de ese ser humano.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 161 - Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico
Subcapítulo II - Certificación de Muerte
§ 3781. Certificado de defunción
§ 3782. Permiso de traslado; personas fallecidas fuera de Puerto Rico
§ 3783. Certificación; personas fallecidas en eventos catastróficos