Todos los reglamentos, órdenes, resoluciones, cartas circulares y demás documentos administrativos de las agencias que por este capítulo se convierten en Negociados y pasan a integrar el Departamento de Seguridad Pública, siempre que sean cónsonos con este capítulo, se mantendrán vigentes hasta que éstos sean expresamente enmendados, suplementados, derogados o dejados sin efecto por el Secretario.