2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 24A - Ley para la Provisión de Infraestructura y Servicios Telefónicos y de Telecomunicaciones a Comunidades Aisladas y Remotas de Puerto Rico
§ 351. Política pública

Será política pública del Gobierno de Puerto Rico, a través de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones (“Junta”), y en coordinación con las agencias gubernamentales pertinentes, los municipios de Puerto Rico y el sector privado, desarrollar e implantar un plan para el incremento de acceso al servicio de telecomunicaciones para las comunidades aisladas y remotas de las zonas urbanas que carezcan de dicho servicio en la actualidad. De igual forma, será política pública de la Junta el tomar todas las medidas necesarias para lograr aumentar la cobertura telefónica residencial en Puerto Rico a por lo menos 85% para el año 2008.