2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 332 - Ley Adopta un Cuartel
§ 3366. Deberes y responsabilidades del Negociado de la Policía de Puerto Rico

(1) Publicará es su portal cibernético y en un periódico de circulación general un anuncio promocional sobre el programa “Adopta un Cuartel”. Dicho anuncio, contendrá una lista que contendrá la dirección de los diferentes cuarteles en los municipios de Puerto Rico.
(2) Establecerá las guías con los requisitos necesarios para la adopción de los cuarteles, incluyendo la presentación de certificados en antecedentes penales por parte de los adoptantes.
(3) Redactará y aprobará los acuerdos formales de adopción con las partes adoptantes.
(4) Instalará los letreros en las entradas del cuartel adoptado, con el logotipo del programa y el nombre del grupo o corporación a cargo de ese tramo.
(5) Proveerá el material necesario para el recogido de desperdicios sólidos en los cuarteles.
(6) Removerá los desperdicios sólidos peligrosos y la chatarra que se recojan en los cuarteles.
(7) Realizará reuniones de orientación de seguridad.
(8) Informará al público sobre el programa y los cuarteles que se adopten.