2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 332 - Ley Adopta un Cuartel
§ 3365. Deberes y responsabilidades de la parte adoptante

(1) Adoptar un cuartel del Negociado de la Policía de Puerto Rico por el tiempo estipulado en la sec. 3364 de este título.
(2) Realizar las actividades de limpieza, remodelación, remozamiento, mantenimiento y embellecimiento del cuartel adoptado y sus áreas verdes.
(3) Desarrollar un Plan de Trabajo para las actividades de limpieza, remodelación, remozamiento, mantenimiento y embellecimiento del cuartel adoptado y sus áreas verdes. Dicho plan de trabajo deberá ser aprobado por el oficial del Negociado de la Policía de Puerto Rico a cargo del citado cuartel.
(4) En casos de remodelación, deberá preparar y someter los diseños de las obras para la aprobación del (de la) Comisionado(a) del Negociado de la Policía de Puerto Rico o el representante a quien se delegue dicha función.