Las disposiciones de este Código serán aplicables a planes de bonificaciones en acciones, de pensiones, o de participación en ganancias, cuentas de retiro individual, cuentas de retiro individual no deducibles, cuentas de ahorro de Salud y cuentas de aportación educativa establecidos con anterioridad a la vigencia de este Código de acuerdo a las Secciones 1165, 1169, 1169B, 1169C y 1172, respectivamente, del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según emendado, que cumplan con las disposiciones de las secs. 30391, 30392, 30393, 30394 y 30395 de este título, según aplicable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Capítulo 1069 - Disposiciones Transitorias
Subcapítulo B. Contribuciones Sobre Negocios (§§ 33371 — 33382)
§ 33371. Atributos contributivos
§ 33372. Aplicación a planes calificados y cuentas de retiro individual