Toda persona que en violación de cualquier disposición de las secs. 31001 et seq. de este título, voluntariamente dispusiere o permitiere que se disponga de cualquier propiedad incluida o incluible en el caudal relicto bruto de un causante, además de otras penalidades dispuestas en esta parte, incurrirá en delito grave.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Capítulo 1064 - Disposiciones Especiales
Subcapítulo D - Caudales Relictos y Donaciones
§ 33171. Por dejar de someter información o de pagar la contribución
§ 33172. Por disponer o permitir que se disponga de propiedad incluida o incluible en el caudal relicto bruto