Toda persona que vaya a emprender o se dedique a la explotación de almacenes de adeudo público o privado en los cuales se depositen productos sujetos a impuestos por esta parte prestará una fianza a favor del Gobierno de Puerto Rico por la cuantía y en la forma que disponga el Secretario, y sujeta a su aprobación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte VI - Impuestos Sobre Bebidas Alcohólicas
Capítulo 1054 - Almacén de Adeudo
§ 32521. Construcción de los almacenes de adeudo
§ 32524. Inspección de libros y otros documentos
§ 32525. Control de los almacenes de adeudo
§ 32527. Cambios en las firmas y compañías operadoras de almacenes de adeudo
§ 32528. Responsabilidad contributiva y tiempo para pagar impuestos
§ 32529. Instalación de tuberías, válvulas y otros artefactos
§ 32530. Traspaso de espíritus o bebidas alcohólicas desde plantas industriales
§ 32531. Traspaso de espíritus o bebidas alcohólicas entre almacenes de adeudo