En el caso de una venta o permuta de un interés en una sociedad, el socio que transfiere su interés reconocerá ganancia o pérdida. Cualquier ganancia o pérdida reconocida será considerada como una ganancia o pérdida en la venta o permuta de un activo de capital, excepto según se disponga en la sec. 30371 de este título (relacionada con renglones de inventario y de créditos no realizados).
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1009 - Sociedades y Socios
Subcapítulo D - Cómputos en Ventas o Permutas
§ 30361. Reconocimiento y naturaleza de la ganancia o pérdida en venta o permuta
§ 30362. Base del interés de un socio que adquiere dicho interés