2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Procedimientos Administrativos
§ 263. Reintegro administrativo o crédito por contribuciones; apelación contra denegatoria—Ley que regirá los créditos o reintegros administrativos o judiciales

Los créditos o reintegros que hayan de concederse administrativa o judicialmente se regirán por las disposiciones de ley vigentes a la fecha de la iniciación de la solicitud para dicho crédito o reintegro.