La Reclamación de Derechos Democráticos dispuesta por la sec. 21 de este título será presentada para su aprobación a los electores capacitados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en un referéndum que se celebrará el 8 de diciembre de 1991. La papeleta expresará que esta reclamación constituye una petición al Congreso y al Presidente de los Estados Unidos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico