(a) Estado Libre Asociado de Puerto Rico.— Significa la isla de Puerto Rico, las islas de Vieques, Culebra, Mona, Caja de Muertos y todos los demás islotes bajo la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(b) Aves silvestres.— Significa cualquier especie de ave residente temporal o permanentemente [sic] cuya propagación natural no dependa del celo, cuidado o cultivo de su propietario y se encuentre en estado salvaje, ya sea nativa o adaptada en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; o cualquier especie de ave migratoria o especies exóticas que hayan sido introducidas al Estado Libre Asociado de Puerto Rico.