El desarrollador y/o la entidad administradora será responsable de remitir a la Compañía el cargo de promoción y mercadeo. El desarrollador, o la entidad administradora, deberá remitir a la Compañía el pago en dos plazos: el cincuenta por ciento (50%) del cargo de promoción y mercadeo en o antes del 1 de marzo de cada año y el restante cincuenta por ciento (50%) en o antes del 1 de septiembre de cada año, utilizando aquellos procedimientos y formularios aprobados de tiempo en tiempo por la Compañía para estos propósitos.
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