2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VII - Prácticas Prohibidas
§ 1897a. Anuncios prohibidos

(1) Contener una representación con respecto a la disponibilidad de un programa para la reventa o arrendamiento ofrecido por o a nombre del desarrollador o una afiliada de éste, a menos que dicho programa de reventa o arrendamiento haya sido completamente descrito en la solicitud del permiso de plan de propiedad vacacional presentada en la Compañía por el desarrollador y en el documento de ofrecimiento público proporcionado a todos los compradores potenciales;
(2) Contener un ofrecimiento de incentivo para comprar un derecho de propiedad vacacional que se pretende esté limitado en cuanto a cantidad y restringido en cuanto a tiempo, a menos que la cantidad o el tiempo aplicable al ofrecimiento o el incentivo sea clara y conspicuamente divulgado;
(3) Contener una declaración con respecto a la disponibilidad de derechos de propiedad vacacional a un precio mínimo en particular, si el número de dichos derechos de propiedad vacacional disponibles a tal precio comprende menos del diez por ciento (10%) del inventario remanente sin vender del desarrollador, a menos que el número de derechos de propiedad vacacional entonces disponibles para la venta al precio mínimo fuere expresado en el anuncio;
(4) Contener una declaración en el sentido de que los derechos de propiedad vacacional que se ofrecen para la venta podrán ser divididos aún más;
(5) Contener un asterisco u otro símbolo de referencia como un medio de contradecir o cambiar el significado corriente de cualquier otra declaración hecha previamente en el anuncio, promoción u ofrecimiento;
(6) Hacer una representación incorrecta sobre el tamaño, naturaleza, alcance, extensión, término de disponibilidad, calidad o características de los alojamientos, instalaciones, beneficios incidentales o lugares integrantes de un plan de propiedad vacacional;
(7) Hacer una representación incorrecta o implicar que una instalación o beneficio incidental está disponible para el uso exclusivo de los titulares si existe un derecho de acceso o uso público sobre los mismos;
(8) Hacer cualquier representación incorrecta o engañosa con respecto al contenido o naturaleza del permiso del desarrollador para operar el plan de propiedad vacacional o de los derechos, privilegios, beneficios u obligaciones de los compradores o titulares de acuerdo con los términos de su contrato de compraventa o de este capítulo;
(9) Hacer una representación incorrecta de las condiciones bajo las cuales un titular podrá participar en un programa de intercambio;
(10) Alegar que el nombre de una persona se obtuvo por un referido a menos que se pueda, a petición de la Compañía, producir el nombre de la persona que hizo el referido;
(11) Describir cualquier alojamiento, instalación, beneficio incidental o lugar integrante que esté propuesto o incompleto, a menos que se diga cuál es la fecha estimada para la terminación, disponibilidad, o derecho legal de acceso al mismo y se haya presentado evidencia a la Compañía en el sentido de que la terminación y la disponibilidad de los mismos, o el derecho legal de acceso a los mismos esté garantizado financieramente, dentro del término de tiempo representado, según requerido por la sec. 1894b de este título;
(12) Describir o representar cualquier alojamiento o instalación de un plan de propiedad vacacional que no se requiere sea construido, a menos que tal descripción o representación sea conspicuamente catalogada o identificada como “PODRÁ NO SER CONSTRUIDO” o “PROPUESTA”;
(13) Contener una declaración en el sentido de que el desarrollador está afiliado con un programa de intercambio si, en realidad, no existe tal afiliación; o
(14) Usar los materiales, folletos, directorios, cintas de video, u otra literatura, anuncios o promociones, ya sea impresos o por medios electrónicos, pertenecientes a cualquier compañía de intercambio sin que el desarrollador esté afiliado con dicha compañía de intercambio.