Las diligencias escritas practicadas por el alguacil en cualquier asunto serán devueltas al secretario del tribunal y agregadas por éste, en la forma indicada, a los autos de su referencia.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 2 - Procedimiento en las Acciones Civiles en General
Parte X - Disposiciones Miscelaneas
Capítulo 135 - Disposiciones Generales
§ 1525. Colección de documentación en causas civiles
§ 1527. Colección de documentación en causas civiles—Diligencias practicadas por el alguacil
§ 1529. Colección de documentación en causas civiles—Numeración de las hojas de los autos