2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 128E - Ley para el Programa de Reciclaje de Aceite y Grasas de Uso Residencial y Comercial
§ 1337. Definiciones

(a) Aceite y grasas usadas.— Significará cualquier líquido graso o aceite que se obtenga de diversas sustancias y haya utilizado para la confección de productos alimenticios destinados para el consumo humano.
(b) Autoridad.— Significará la Autoridad de Desperdicios Sólidos.
(c) Cliente(s).— Significará consumidor(es), ciudadano(s), comercio(s), restaurante(s), municipio(s), hospital(es), supermercado(s), colmado(s) y cualquier(a) otro(s) establecimiento(s) comercial(es), entidad(es) o empresa(s) privada(s) que recolecte(n) y entregue(n) para reciclar o recicle(n) el aceite y/o grasas usadas.