2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 81 - Comisión de Monumentos a Puertorriqueños Ilustres
§ 1253. Reglamentación

Las normas y la reglamentación dispuestas por la sec. 1252 de este título cobrarán vigencia mediante la aprobación del Gobernador de Puerto Rico a cuya consideración habrán de someterse.