La CCE preparará un formulario- para fines estadísticos- que todo PyME elegible deberá suscribir al solicitar la concesión de los incentivos provistos en este capítulo. Además, la Compañía promulgará aquellos reglamentos que sean necesarios para hacer efectivas las disposiciones y propósitos de este capítulo, y al así hacerlo podrá consultar al(a la) Secretario(a) de Hacienda y a cualquier otra agencia pertinente con jurisdicción sobre los incentivos provistos en este capítulo. Dichos reglamentos estarán sujetos, además, a las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La ausencia de algún reglamento contemplado en este capítulo no impedirá la aplicación del mismo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico