(a) Promover la política pública promulgada por este capítulo y la participación de PyMEs en el programa de incentivos para la creación y retención de empleos dispuesto en el mismo.
(b) Certificar las PyMEs elegibles para recibir los incentivos que se establecen por medio de este capítulo.
(c) Asesorar a las PyMEs elegibles sobre la disponibilidad y el funcionamiento de los incentivos a otorgarse antes de solicitar los mismos.
(d) Coordinar y administrar los incentivos bajo este capítulo.
(e) Establecer mediante reglamento los procedimientos que regirán el programa de incentivos dispuesto en este capítulo.
(f) Asegurarse que todos los procedimientos se lleven a cabo de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables.
(g) Imponer las sanciones y demás medidas aplicables en caso de incumplimiento por las PyMEs elegibles participantes según lo dispuesto en este capítulo.
(h) Recopilar información, preparar, y publicar las estadísticas, estudios e informes según lo dispuesto en este capítulo.
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