Se autoriza al Administrador del Fondo del Seguro del Estado de Puerto Rico para que utilice de de los fondos no comprometidos del Fondo General del Fondo del Seguro del Estado, creado por las secs. 1 a 42 de este título, la suma de cincuenta mil (50,000) dólares, o la parte de la misma que fuere necesaria, en la preparación de planos, diseños y especificaciones necesarias para la construcción de un Dispensario Regional en el Area Metropolitana para la prestación adecuada de los servicios de atención médica a los trabajadores lesionados por accidentes del trabajo, pudiendo usar en la preparación de planos, diseños y especificaciones los servicios de consultores y peritos que fueren necesarios, o a tal fin delegar en otras agencias gubernamentales.