2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Derechos
§ 11. Padres, tutores o encargados

(a) Que se le garantice a sus hijos o estudiantes a su cargo, un ambiente de estudio seguro y libre de presiones indebidas relacionadas a la violencia escolar.
(b) Conocer a qué nivel de seguridad se encuentra la escuela donde sus hijos estudiarán, antes de que complete los trámites de matrícula.
(c) Matricular a su hijo o estudiante a su cargo en una escuela con los niveles de seguridad que propenda el desarrollo pleno del estudiante en un ambiente de paz.
(d) Recibir orientación y copia del Reglamento General de Estudiantes del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico y del Reglamento Interno de Seguridad, con sus disposiciones y sanciones.
(e) Participar como miembro activo del consejo escolar, el consejo de seguridad, el comité de seguridad y otros comités que propicien la seguridad en la escuela.
(f) Recibir copia del reporte de los incidentes violentos que se han registrado cada semestre en la escuela donde asisten sus hijos.
(g) Que se le garantice su confidencialidad y anonimato cuando ofrezca información sensitiva de seguridad al Director o a las autoridades de seguridad escolar con el fin de denunciar cualquier conducta delictiva dentro de la escuela.
(h) Ser informado con prontitud, por parte del Director o los maestros de la escuela, cuando su hijo esté incurriendo en conductas que puedan generar actos violentos dentro de la escuela.
(i) Recibir información de apoyo para el manejo de conflictos y el fomento de cultura de paz en el ambiente escolar.
(j) Recibir orientación sobre sus funciones y/o responsabilidades en el manejo de situaciones de emergencia, tales como huracanes, terremotos, emanaciones de gas, incendios, o ataques terroristas, entre otras, en el que la integridad física de sus hijos o estudiantes a su cargo pueda estar en peligro.