2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Derechos
§ 10. Personal docente—Maestros, bibliotecarios, consejeros, trabajadores sociales y otros

(a) Realizar su jornada de trabajo en un ambiente seguro y libre de presiones indebidas relacionadas a la violencia escolar.
(b) Recibir información sobre sus responsabilidades relacionadas con el Plan Estratégico de Manejo de Crisis ante incidentes violentos en las escuelas.
(c) Ser informado sobre sus funciones, reglamentos y sanciones con respecto al área de la seguridad escolar.
(d) Recibir orientación y capacitación para trabajar con situaciones de conflictos como peleas, motines o trifulcas, de manera que pueda identificar cuándo su seguridad o la de sus alumnos pueda estar en peligro.
(e) Que se le garantice su confidencialidad y anonimato cuándo ofrezca información sensitiva de seguridad al Director o a las autoridades de seguridad escolar con el fin de denunciar cualquier conducta delictiva dentro de la escuela.
(f) Recibir información de orientación y capacitación acerca de temas relacionados a la violencia escolar como: uso de drogas, posesión de armas, manejo de conflictos, entre otros.
(g) Ser orientado y recibir capacitación sobre el manejo de situaciones de emergencia tales como huracanes, terremotos, emanaciones de gas, incendios, o ataques terroristas, entre otras, en el que su integridad física o la de sus alumnos pueda estar en peligro.