Se autoriza a la Oficina del Coordinador General para el Financiamiento Socioeconómico y la Autogestión realizar acuerdos interagenciales con el propósito de promover que las ayudas disponibles en las agencias, instrumentalidades y municipios del gobierno local y el gobierno federal para fines cónsonos con este capítulo puedan ser aprovechadas por las comunidades especiales.
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