La persona que paga voluntariamente una deuda de juego ilícito, o sus herederos, tiene derecho a exigir la restitución del cincuenta por ciento (50%) de lo pagado. El otro cincuenta por ciento (50%) se paga al Secretario de Hacienda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 10 - Los Contratos y Otras Fuentes de las Obligaciones
Parte II - Los Contratos en Particular
Capítulo 712 - Los Contratos Aleatorios o de Suerte
Subcapítulo III - El Juego y la Apuesta
§ 10681. Inexistencia de la acción de cobro
§ 10682. Derecho de restitución
§ 10684. Nulidad de contratos relacionados