(a) Prestar los servicios según lo convenido y los conocimientos que exige el arte, la ciencia o la técnica correspondiente a la actividad constitutiva de los servicios;
(b) proveer al comitente la información esencial sobre la ejecución;
(c) aportar los materiales utilizados corrientemente en la prestación de los servicios convenidos; y
(d) prestar los servicios dentro del tiempo convenido o en el que razonablemente corresponda.