(a) Incumple la obligación de conservar la cosa para que esta sea apta para el uso convenido;
(b) incumple las garantías relacionadas con la evicción o los vicios redhibitorios; o
(c) le priva, por razón de las mejoras que efectúa, del uso parcial. El arrendatario puede, alternativamente, pedir una rebaja proporcional durante el tiempo de la privación.