(A) Las mociones y cualesquiera otros escritos posteriores relacionados con el recurso de revisión se presentarán solamente en la Secretaría del Tribunal de Apelaciones, en original y tres (3) copias. Dichas mociones y escritos podrán enviarse por correo, pero en ese caso, de tener términos jurisdiccionales para su presentación, deberán llegar dentro de dichos términos a la Secretaría del tribunal.
(B) Tales mociones y escritos serán notificados simultáneamente a la agencia, al funcionario(a) y a todas las partes en el recurso, y en la moción o escrito se certificará la forma en que se hizo la notificación.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXII-B. Reglamento del Tribunal de Apelaciones (2004)
Parte VII - Revisión de Decisiones Administrativas
Regla 57. Término para presentar el recurso de revisión
Regla 58. Presentación y notificación del recurso de revisión
Regla 59. Contenido del recurso de revisión
Regla 62. Mociones y escritos posteriores
Regla 63. Alegato en oposición de la parte recurrida
Regla 64. Ordenes de comparecencia
Regla 65. Resolución del recurso