2020 Laws of Puerto Rico
Parte VI - Junta de Personal de la Rama Judicial
Regla 38. Estructura de la Junta

Se crea una Junta compuesta de tres (3) miembros, los cuales no podrán ser funcionarios ni empleados de la Rama Judicial. Estos serán nombrados por el Tribunal Supremo y ocuparán sus cargos en la forma establecida por la ley. Esta Junta tendrá un secretario y demás personal necesario para llevar a cabo sus funciones.