No se permitirá la presentación de un memorando de autoridades separado, debiendo incluirse la argumentación y fundamentos de derecho en el mismo cuerpo de la revisión. El original de la revisión y ocho (8) copias se presentarán en la Secretaría del Tribunal y serán inmediatamente referidas al Juez Presidente y Jueces Asociados. Copia de la petición deberá ser notificada personal y directamente en o antes del día de su presentación en la Secretaría del Tribunal, por mensajero, a la Junta Revisora Electoral, al Administrador General de Elecciones, a los Comisionados Electorales de la Comisión Estatal de Elecciones y a cualquier otra persona, o su abogado, que sea parte contraria e interesada en los procedimientos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
Apéndice XVIII - Reglas de Asuntos Electorales
Apéndice XVIII. Reglas de Asuntos Electorales (1979)
Regla 1. Contenido del recurso de revisión
Regla 2. Argumentación y fundamentos de derecho; copias de la revisión y petición