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Luego de dictado un fallo de culpabilidad el tribunal podrá conceder un nuevo juicio, bien a instancia propia con el consentimiento del acusado o a solicitud de éste.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal
II. Reglas de Procedimiento Criminal
XIII. NUEVO JUICIO
Regla 187. Nuevo juicio; concesión
Regla 188. Nuevo juicio; fundamentos
Regla 189. Nuevo juicio; cuándo se presentará la moción
Regla 190. Nuevo juicio; moción; requisitos; notificación
Regla 191. Nuevo juicio; efectos
Regla 192. Nuevo juicio; conocimiento de nuevos hechos